¿Por qué esta vía es más limitada?
A diferencia de la reagrupación del cónyuge o de un hijo menor, la ley de extranjería española solo admite la reagrupación de padres (generalmente mayores de 65 años) en circunstancias excepcionales. El objetivo del legislador es evitar un uso generalizado de esta vía, por lo que es obligatorio acreditar una necesidad real.
Además de los requisitos generales de la familia, debes acreditar que tu padre o madre depende económicamente (a cargo) de ti, es decir, que existe una dependencia financiera real, así como razones justificadas, como el estado de salud del progenitor o la ausencia de otros familiares en Irán que puedan cuidarlo, que justifiquen la necesidad de la reagrupación.
Requisitos necesarios
- Edad generalmente superior a 65 años
- Prueba de una dependencia económica real respecto al hijo residente en España
- Razones justificadas para la reagrupación: estado de salud, edad avanzada o ausencia de otros familiares de primer grado en Irán
- Ingreso adicional de alrededor del 100% del IPREM por cada progenitor, además del ingreso base de la familia
- Vivienda adecuada para alojar al progenitor junto con el resto de la familia
Ingreso adicional necesario
Además de la escala general del IPREM para la unidad familiar (alrededor del 150% para hasta cuatro personas y el 50% por cada miembro adicional), debe añadirse al importe total alrededor de un 100% más del IPREM por cada progenitor que se traiga; este requisito de ingresos es superior al del resto de los miembros de la familia.
La partida de nacimiento del progenitor y cualquier documento que acredite el parentesco deben pasar por la legalización consular en la Embajada de España en Teherán y traducirse oficialmente al español, ya que Irán no forma parte del Convenio de la Apostilla. Consulta los detalles en nuestra página de legalización consular de documentos.
Preguntas frecuentes
¿Por qué es más difícil traer a un padre que a un cónyuge o a un hijo?
Debes acreditar que el padre depende económicamente del hijo residente, y razones justificadas como el estado de salud o la ausencia de otros familiares en Irán deben respaldar la necesidad de la reagrupación.
¿Qué edad se exige para esta vía?
Generalmente, más de 65 años.
¿Cuánto ingreso adicional se exige por cada padre?
Alrededor de un 100% más del IPREM además del ingreso base de la unidad familiar.
¿Cómo se acredita la «dependencia económica»?
Mediante documentos como transferencias regulares, la falta de ingresos suficientes del progenitor y un certificado oficial de situación familiar.