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Nacionalidad española

Nacionalidad española por matrimonio para ciudadanos iraníes

Para los ciudadanos iraníes casados con un ciudadano español, el matrimonio ofrece una vía mucho más rápida que la regla general de diez años: solo se exige un año de matrimonio y residencia conjunta real en España. En esta página explicamos los requisitos, la prueba de convivencia y la entrevista personal.

¿Qué es la nacionalidad por matrimonio?

La ley española permite a los cónyuges extranjeros de ciudadanos españoles solicitar la nacionalidad tras solo un año de matrimonio legal y residencia legal conjunta en España, sin necesidad de completar los diez años de residencia general. Sin embargo, esta vía no consiste simplemente en el registro formal del matrimonio; la administración debe comprobar que la relación conyugal es real y continuada.

Diferencia con la regla general

En esta vía no se exigen diez años de residencia, pero sí debes acreditar un año completo de residencia legal en España junto con la convivencia con tu cónyuge español. Consulta los detalles de la regla general en nuestra página de nacionalidad por residencia.

Requisitos necesarios

  • Un año completo de matrimonio legal con un ciudadano español
  • Residencia legal y convivencia real en España durante este período
  • Ausencia de separación de hecho o de derecho del cónyuge en el momento de la solicitud y de la resolución del expediente
  • Aprobar el examen CCSE (salvo exención legal)
  • Aprobar el examen DELE A2 (salvo exención legal)
  • Certificado de antecedentes penales de Irán con legalización consular

Cómo demostrar una convivencia real

El Registro Civil suele solicitar los siguientes documentos para acreditar una relación real y no un matrimonio de conveniencia:

  • Certificado de empadronamiento conjunto en el mismo domicilio
  • Cuenta bancaria conjunta o facturas compartidas de agua, luz e internet
  • Fotografías y correspondencia que muestren la vida cotidiana en común
  • Declaraciones de familiares o amigos cercanos si se solicitan
Entrevista personal por separado

El funcionario encargado del expediente suele entrevistar a cada cónyuge por separado para comprobar la coherencia de sus respuestas sobre los detalles de la vida cotidiana. Una incoherencia evidente en las respuestas puede provocar la denegación del expediente por matrimonio de conveniencia (matrimonio de conveniencia).

Los exámenes CCSE y DELE A2

Contrariamente a una creencia extendida, la vía del matrimonio no te exime de los exámenes de idioma y cultura, salvo en los casos concretos previstos por la ley. Consulta todos los detalles de ambos exámenes en nuestra página dedicada a los exámenes CCSE y DELE.

Preguntas frecuentes

¿Basta con un año de matrimonio?

Debes tener un año de matrimonio legal y una residencia conjunta real con tu cónyuge español en España. El simple registro del matrimonio sin convivencia no es suficiente.

¿También tengo que presentarme a los exámenes CCSE y DELE por esta vía?

Sí, salvo en los casos de exención legal. Estos exámenes son un requisito común a casi todas las vías de nacionalidad.

¿Cómo se realiza la entrevista personal?

Cada cónyuge es entrevistado por separado para confirmar que la relación es real. Las incoherencias en las respuestas pueden provocar la denegación del expediente.

¿Necesito los diez años de residencia general?

No. La vía del matrimonio sustituye a la regla general de diez años y solo se exige un año de matrimonio y convivencia.

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