¿Qué es la residencia de nómada digital?
Es un permiso que permite a los ciudadanos de fuera de la Unión Europea residir en España mientras trabajan a distancia para una o varias empresas o clientes establecidos fuera de España, ya sea como empleado de una empresa extranjera o como freelance y titular de un negocio internacional independiente.
Como máximo un 20% de los ingresos totales del solicitante puede proceder de empleadores o clientes establecidos en España. Superar este límite durante la vigencia de la residencia puede ser motivo para denegar la renovación o revocar el permiso, por lo que debe documentarse con cuidado en los contratos y las facturas.
Requisitos necesarios
- Una actividad laboral o profesional que pueda desarrollarse total o principalmente a distancia mediante el uso de ordenador e internet
- Una relación laboral o contractual con empresas o clientes establecidos fuera de España, con un máximo del 20% de ingresos procedentes de fuentes españolas
- Un historial laboral o de colaboración con el empleador o los clientes actuales, normalmente de al menos tres meses antes de presentar la solicitud (para empleados) o pruebas de actividad independiente previa (para freelancers)
- Titulación universitaria relacionada o al menos tres años de experiencia laboral acreditada en el ámbito de la actividad
- Un ingreso mensual de al menos aproximadamente el 200% del IPREM para el solicitante principal
- Seguro médico privado completo y certificado de antecedentes penales de Irán, legalizado por vía consular
Ingreso mínimo necesario para 2026
Al igual que en otros permisos de residencia, el ingreso mínimo se calcula como un porcentaje del IPREM. Este importe se actualiza cada año.
| Situación | Importe mensual aproximado |
|---|---|
| Solicitante principal (200% del IPREM) | Aprox. 1.200 € |
| Cónyuge a cargo | Importe adicional proporcional al IPREM |
| Cada hijo u otro dependiente adicional | Importe adicional proporcional al IPREM |
El importe exacto del IPREM se fija cada año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado de España. Antes de presentar tu expediente, comprueba con nosotros la cifra oficial vigente y la documentación bancaria necesaria.
Periodo de validez y renovación
Esta residencia se concede inicialmente, por lo general, por un periodo de uno a tres años y es renovable, siempre que continúe la relación laboral a distancia y se respete el límite del 20% de ingresos nacionales. El cónyuge y los hijos a cargo también pueden incorporarse a esta residencia a través de la reagrupación familiar.
Régimen fiscal especial
Muchos titulares de la residencia de nómada digital cumplen los requisitos para acogerse al régimen fiscal especial para trabajadores desplazados a España (conocido como la Ley Beckham). En lugar de los tipos progresivos habituales del IRPF, este régimen aplica un tipo fijo de aproximadamente el 24% hasta un límite de 600.000 euros de renta anual, lo que puede generar un ahorro fiscal considerable.
Pasos de la solicitud
- Preparar la documentación laboral, económica y del seguro médico
- Presentar la solicitud a través de la Embajada de España en Teherán, o en algunos casos, tras la entrada legal en España, a través de la Unidad de Grandes Empresas
- Recibir la resolución y la expedición del visado o del permiso de residencia
- Inscripción en el Empadronamiento municipal y obtención de la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) tras la entrada
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre la residencia de nómada digital y la residencia no lucrativa?
En la residencia no lucrativa no se permite ningún tipo de trabajo. En la residencia de nómada digital, la persona puede trabajar a distancia para un empleador o clientes fuera de España, hasta un límite del 20% de ingresos de fuentes españolas.
¿Puedo tener también varios clientes españoles?
Sí, pero la suma de los ingresos procedentes de clientes o empleadores establecidos en España no puede superar el 20% de tus ingresos totales.
¿Esta residencia tiene ventajas fiscales?
Sí, muchos titulares pueden acogerse al régimen fiscal especial (similar a la Ley Beckham) con un tipo fijo aproximado del 24% hasta un límite de 600.000 euros de renta anual.
¿Mi familia también puede venir conmigo a España?
Sí, el cónyuge y los hijos a cargo pueden incorporarse a esta residencia a través de la vía de reagrupación familiar, siempre que se acrediten medios económicos suficientes.