Tabla año a año
| Año | Hito principal |
|---|---|
| Año 1 | Entrada en España e inicio de la residencia legal (por ejemplo, mediante residencia no lucrativa o por cuenta ajena); empadronamiento y obtención de la TIE |
| Años 2 a 4 | Renovación periódica del permiso de residencia; mantenimiento de una residencia efectiva continuada superior a 183 días al año |
| Año 5 | Punto intermedio; se recomienda empezar a estudiar español en serio para preparar el examen DELE A2 |
| Años 6 a 7 | Continuación de las renovaciones de residencia; consolidación de la situación laboral o financiera, lo que influirá en la documentación futura del expediente |
| Año 8 | Momento recomendado para presentarse a los exámenes CCSE y DELE A2; como el certificado de ambos tiene validez indefinida tras aprobar, hacerlos antes reduce la presión del décimo año |
| Año 9 | Inicio de la recopilación y legalización consular de los documentos iraníes (partida de nacimiento, certificado de antecedentes penales), un trámite que dura de dos a cuatro meses; atención al plazo de validez limitado del certificado de antecedentes penales |
| Año 10 (cumplimiento de los diez años) | Presentación oficial de la solicitud de nacionalidad de forma electrónica en la sede del Ministerio de Justicia, junto con toda la documentación legalizada y traducida |
| Años 11 a 13 | Periodo de espera para la resolución del expediente por parte del Ministerio de Justicia (habitualmente de 1 a 3 años); posible solicitud de documentación complementaria |
| Tras la aprobación | Comparecencia para el juramento de fidelidad y la inscripción en el Registro Civil |
El certificado de aprobado de los exámenes CCSE y DELE A2 no tiene fecha de caducidad. Hacerlos en el séptimo u octavo año, en lugar de cerca del décimo, te permite volver a presentarte sin presión de tiempo si no apruebas, y dedicar el décimo año únicamente a la documentación identificativa.
Aviso sobre las interrupciones de la residencia
«Diez años de residencia» no significa diez años de calendario desde la fecha de entrada, sino que debe tratarse de una residencia real y sin interrupciones que superen el límite legal permitido. Los viajes largos a Irán o a otro país que excedan el límite permitido pueden alterar el cómputo de los años de residencia y retrasar la cronología anterior. Los detalles completos de esta regla están en la página de nacionalidad por residencia.
Documentación que debe prepararse a partir del noveno año
- Partida de nacimiento iraní con legalización consular completa y traducción oficial
- Certificado de antecedentes penales de Irán (atención a su validez limitada) y de cualquier otro país en el que hayas residido en los últimos cinco años
- Certificados de los exámenes CCSE y DELE A2
- Documentos que acrediten los diez años de residencia legal y continuada (TIE anteriores, historial de la Seguridad Social en caso de haber trabajado)
Preguntas frecuentes
¿Por qué es mejor hacer los exámenes CCSE y DELE antes del décimo año?
Porque el certificado de estos dos exámenes no tiene un plazo de validez determinado una vez aprobados. Hacerlos en el séptimo u octavo año reduce la carga de trabajo del décimo año.
¿Se puede presentar la solicitud exactamente el día en que se cumplen los diez años?
Sí, legalmente se puede solicitar en cuanto se cumplen los diez años de residencia legal y continuada, pero hay que asegurarse de que toda la documentación esté preparada de antemano.
¿Cuánto dura todo el proceso desde el primer año de entrada hasta la obtención de la nacionalidad?
Habitualmente entre 11 y 13 años: diez años de residencia legal más de uno a tres años de plazo de tramitación del Ministerio de Justicia.